miércoles, 24 de enero de 2018

UNA “ESTACIÓN DE AUTOBUSES” JUNTO AL RÍO IRO (?)



Sorprende que se permita situar el intercambiado de autobuses en la margen del río en clara contradicción a lo propuesto en el PGOU


IRO XXI | CHICLANA

El Grupo Iro XXI surgió, hace ya dos largos años, como un grupo de reflexión en torno al río Iro. “Un río de oportunidades”, el texto con el que nos presentamos el 3 de octubre de 2015, proponía: “Es pues momento para plantear un punto de encuentro desde distintas ópticas, para buscar y encontrar vías de entendimiento de la ciudad y los ciudadanos del siglo XXI con el Iro...”. Desde entonces, este grupo viene trabajando para conseguir ese “punto de encuentro”, dedicándole tiempo, reflexión, discusión, divulgación y, también, por supuesto, interés y vigilancia a todo lo que afecte a nuestro río.

Cuando se ha hecho público en prensa el inicio de la tramitación para la licitación de la denominada “Obra de intercambiador metropolitano de autobuses en Chiclana de la Frontera”, promovida como órgano de contratación por la Agencia de Obras Públicas de la Junta de Andalucía (OAPJA), por un importe de 239.955,80 euros, con plazo de presentación de ofertas hasta el próximo día 15 de enero, ha despertado nuestro interés por conocer en qué consiste y cómo se va a implantar el equipamiento recogido en este proyecto. Una vez conocidos los detalles del mismo nos han dejado altamente preocupados. 

La aprobación definitiva del PGOU, mediante la Orden de 28 de noviembre de 2016 y la publicación de la Orden de 22 de diciembre de 2016 de la Norma Urbanística de la Revisión del PGOU (BOJA de 30 de diciembre de 2016), nos provocó cierta esperanza en cuanto a la posibilidad de recuperar de una vez por todas el río Iro para la población de Chiclana. Así entendimos como una “declaración de intenciones” las siguientes actuaciones incluidas en el PGOU:

1. Las tres actuaciones urbanísticas denominada “Actuaciones Aisladas", como la “2-AA-06 RÍO IRO”. Dirigida a la obtención de suelo y consiguiente urbanización de espacios públicos destinados la apertura de nuevos viarios o ensanche puntual de los existentes para mejorar la conectividad y permeabilidad de la trama urbana, así como la obtención de nuevos suelos para espacios libres y/o equipamientos. Con este fin, el propio planeamiento señala que “la obtención de terrenos para las actuaciones aisladas (AA) en Suelo Urbano Consolidado se realizará mediante la expropiación forzosa. También se podrán obtener mediante reserva de aprovechamiento, compra o permuta con los propietarios y cesión gratuita en virtud de convenio urbanístico. A efectos expropiatorios todas las Actuaciones Aisladas del Suelo Urbano Consolidado que impliquen obtención del suelo, se consideran de utilidad pública e interés social”. Esto significa que el PGOU prevé la liberación de todo tipo de edificación y construcción en las dos márgenes del río desde el Puente Chico hasta el puente Azul, excepto la estación de bombeo en calle Iro, intentando recuperar definitivamente el Iro para disfrute de la ciudad en este tramo urbano.


2. La declaración de Zona Verde –denominadas “D-EL-ZV”, prevista para “plazas, áreas estanciales e itinerarios peatonales, con alto grado de acondicionamiento o ajardinamiento y mobiliario urbano, y destinadas a resolver las necesidades más básicas de estancia y esparcimiento al aire libre de la población de los distintos sectores urbanos”– de las dos márgenes del río Iro entre el Puente Chico y el Puente Azul o VII Centenario.

En consecuencia, no terminamos de entender que después que el Ayuntamiento de Chiclana haya incluido estas actuaciones en el PGOU para liberar los espacios vinculados a las márgenes de Iro, en su gran mayoría con una importante inversión pública, al mismo tiempo se promueve este nuevo equipamiento para implantarlo en el mismo lugar que se pretende recuperar.

Menos aún si entramos a examinar otros aspectos que afectan a esta intervención, no por ello de menos importancia, como son: la diferente ubicación prevista en el PGOU del Intercambiador de Transporte -C-IB-IT-03 Paciano del Barco-, y, por otro lado, las condiciones de inundabilidad que se recogen en el “Estudio Hidráulico para la prevención de inundaciones y la ordenación de las cuencas de la Janda”.

La localización preferente del equipamiento o infraestructura destinado a Intercambiador de Transporte –con la que, dicho sea, se justifica la construcción del Intercambiador Metropolitano de Autobuses por la Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Chiclana– está indicada en la planimetría del PGOU incluida en la actuación 2-ARI-RU-PE-05 (Área de Reforma Interior de Renovación Urbana, con ordenación pormenorizada diferida del campo de fútbol municipal), donde se pretende la transformación del actual campo de fútbol municipal en un gran contenedor edificatorio singular de usos mixtos, capaz de dotar a la zona centro del municipio de nuevas actividades urbanas, “contribuyendo además a la recuperación y recualificación del frente al Iro en la zona de La Banda”.

En la ficha de esta actuación urbanística del PGOU se incluyen varios datos interesantes. En las Determinaciones de la Ordenación Estructural (OE), en su apartado III, Suelo Dotacional Público, prevé como sistemas generales incluidos en este ámbito el Intercambiador de Transporte C-IB-IT-03. Igualmente, en las Determinaciones de la Ordenación Pormenorizada Preceptiva, en su apartado VI, Determinaciones Vinculantes, recoge que “sobre la calle Paciano del Barco se propone el Intercambiador de Transporte C.IB.IT-03. PACIANO DEL BARCO”.

De estos datos se desprende claramente que el Intercambiador Metropolitano de Autobuses está preceptivamente vinculado al desarrollo de la actuación urbanística 2-ARI-RU-PE-05 –sobre el campo de fútbol municipal– y no en la acera de enfrente, como ahora se pretende construir, completamente fuera del ámbito de la actuación.

En el PGOU se incluye, además, como documento de cumplimiento el “Estudio Hidráulico para la prevención de inundaciones y la ordenación de las cuencas de la Janda”, donde se declara por parte de la Administración como “de altos riesgos de inundación las vegas del río Iro” (Art. 13.4.10.1 Normas Urbanísticas). Esto obliga al Ayuntamiento a tomar medidas de prevención en este tramo urbano con distintos proyectos para evitar este riesgo de inundación. Algunos de los cuales se han puesto en conocimiento a nuestro grupo.

En resumen, resulta al menos sorprendente que el Ayuntamiento haya permitido situar el Intercambiador de Autobuses en la margen del río en clara contradicción a lo propuesto en su propio PGOU y la prevención del riesgo de inundación donde se prevé se concentrarán numerosos vecinos usuarios del transporte público.

Sin duda un paso atrás en la esperanza por recuperar definitivamente el río Iro para la ciudad de Chiclana.



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